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Sexenios de investigación

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¿Qué es un tramo de investigación?

Es un período de 6 años de investigación. Son años naturales comprendidos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre o períodos iguales o superiores a 8 meses. No tienen que ser consecutivos, pueden dejarse años en medio sin usar (excepto si se va a pedir la evaluación única de la producción investigadora). Por ejemplo: 2000-2002-2004-2008-2010-2013.

Debemos tener en cuenta que los años no incluidos quedan inhabilitados para construir un sexenio posterior. Por ejemplo, el sexenio que incluye los años 2000, 2001, 2003, 2005, 2006, 2007 es posible, pero descarta los años 2002 y 2004 para futuros sexenios. En este caso, el siguiente sexenio tendrá que construirse a partir de 2008.

¿Es posible solicitar más de un sexenio en la misma convocatoria?

Sí, pueden solicitarse varios tramos a la vez, aunque no es aconsejable, ya que si los deniegan, solo pueden recuperarse 3 de los años incluidos en el sexenio con fecha más actual. El resto de los años ya no podrán usarse para construir nuevos sexenios.

¿Hay que presentar publicaciones de todos los años solicitados en un sexenio?

Las cinco publicaciones presentadas deben haber sido publicadas durante el sexenio que se solicita, pero no tiene que haber una publicación todos los años y un año puede contar con más de una publicación.

¿Es posible repetir años en diferentes convocatorias?

No, los años presentados en un sexenio que está aprobado, ya no podrán incluirse en otro. Por ejemplo: si se presentan artículos de 2001 a 2006, no puede volver a presentar en la siguiente convocatoria otros artículos producidos en esos años. Debe elegir las mejores 5 publicaciones del tramo de seis años solicitados, porque después estos años ya no podrán repetirse.

¿Es posible solicitar un tramo por ejemplo de 2001-2006, y en una convocatoria posterior solicitar el tramo correspondiente a 1995-2000?

No es posible. Tienes que tener en cuenta que:

  • El primer tramo solicitado es el que marca el comienzo de nuestra carrera investigadora, por lo que los años anteriores quedan ya descartados para futuras evaluaciones.

  • Los tramos deben pedirse en orden cronológico, pues la fecha del último sexenio solicitado con resolución (tanto negativa como positiva), inhabilita los años anteriores para incluirlos en otras solicitudes.

¿Si solicito un tramo 2011-2016 y no obtengo informe positivo, puedo volver a presentar solicitud para el tramo 2017-2022, repitiendo alguna aportación y sustituyendo otra de las anteriormente presentadas?

Sí, se pueden utilizar hasta 3 años del tramo anteriormente solicitado (2011-2016), con sus correspondientes aportaciones

¿Es posible solicitar la evaluación única de la producción investigadora?

Se puede solicitar la evaluación única de la actividad investigadora desarrollada hasta el 31 de diciembre de 1988 como tope, y si es la primera vez que se solicita un sexenio. La ANECA evaluará conjuntamente toda la actividad investigadora presentada y asignará los tramos que procedan.

En una solicitud distinta, puedes solicitar sexenios para tu producción posterior al periodo incluido en esa evaluación única. (Fuente: Orden de 2 de diciembre de 1994, art. 11).

Ten en cuenta que no es del todo aconsejable solicitarla, ya que el período investigador sometido a evaluación única sólo podrá estar compuesto por años consecutivos y con actividad investigadora en todos ellos. Si la evaluación es negativa, se pierden todos esos años sin que sea posible incluirlos en posteriores convocatorias.

¿Qué ocurre si elijo mal mis cinco publicaciones?

Cada solicitante podrá incluir hasta dos aportaciones sustitutorias debidamente referenciadas e identificadas como tales, para que puedan ser reemplazadas en el caso de que la comisión considere insuficientes algunas de las presentadas en primer término.

¿Cuando "muere" un sexenio?

Un sexenio deja de estar activo si estando en disposición el investigador de solicitar un nuevo tramo no lo hace. Por ejemplo, en la convocatoria de 2018, dejan de tener su sexenio activo los investigadores o investigadoras cuyo último año evaluado positivamente fue 2012, ya que están en disposición de solicitar un nuevo tramo para el periodo 2013-2018. Si no lo solicitan, el sexenio concedido muere.

En la convocatoria de 2020 (art. 3.4) se ofrece al personal funcionario de cuerpos docentes universitarios que se encuentre disfrutando de permisos de maternidad o paternidad, en situación excedencia para atender el cuidado de hijas, hijos, o de otros familiares en primer grado a su cargo, o en excedencia por razón de violencia de género la posibilidad de prorrogar el último sexenio vivo un año por cada permiso o excedencia que hayan tenido.