Directrices generales que seguirán los comités y comisiones en las propuestas de actualización de los criterios de evaluación.
- DI1. Se detallarán suficientemente las condiciones para conseguir los méritos.
- DI2. Se tendrán en cuenta la regularidad y continuidad en la actividad de investigación.
- DI3. Las publicaciones deben suponer una contribución real al progreso del conocimiento.
- DI4. Sólo se aceptan las aportaciones a congresos publicadas como proceedings cuando así se establezca específicamente.
- DI5. Se elimina el requisito de aportar méritos en los últimos 10 años y podrán ser consideradas aportaciones generadas en las etapas previas a la generalización de la indización. (Acreditaciones a Cátedra).
- DI6. Se detallará la consideración de las autorías (número, orden, etc. según campos científicos)
- DI7. Potenciación de la investigación multidisciplinar: no será imprescindible que todas las publicaciones estén exclusivamente en el ámbito de la comisión o comité, aunque podrá exigirse una aportación relevante en el ámbito específico.